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Tue22052012

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Ecologistas pedirá al TSJCLM paralizar el POM

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Ecologistas en Acción pedirá al Tribunal Supremo la paralización del Plan de Ordenación Municipal (POM), mediante la ejecución de la sentencia, del pasado 5 de diciembre, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre el recurso que esta organización

presentó tras la aprobación del mismo, en marzo de 2007. Esta es la séptima sentencia que anula la aprobación del POM de Toledo, todas ellas recurridas ante el Supremo por el Ayuntamiento y la Junta de Comunidades.

Ecologistas en Acción va a pedir al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha la ejecución de la sentencia que anula la aprobación del Plan de Ordenación Municipal (POM) de Toledo y la paralización cautelar del desarrollo del mismo. Así lo anunció en rueda de prensa el secretario de Ecologistas en Acción de Toledo, Miguel Ángel Hernández, quien añadió que espera que  el Tribunal no les reclame fianza de ningún tipo para llevar a cabo la ejecución de la sentencia “ya que no podría hacer frente a ella y quedaría desamparado el bien jurídico común a proteger, que no es otro que el suelo, el medio ambiente y el cumplimiento de las leyes”.  
Según Hernández, dado que “ni el Ayuntamiento ni el Gobierno regional parecen dispuestos a asumir sus responsabilidades”, después de siete sentencias en el mismo sentido, su organización pedirá la ejecución de la sentencia, aunque agregó “que las cuentas de la organización no están como para poder hacer frente a una fianza, porque no llegan a los cinco mil euros”.
Además de solicitar la ejecución de la sentencia, Ecologistas en Acción anunció que solicitará al Tribunal Supremo, ante el que Ayuntamiento y Junta de Comunidades han recurrido las siete sentencias del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha, que si anula la sentencia -en la que esta organización es parte implicada- “que se pronuncie sobre el resto de cuestiones alegadas en la demanda y a las que en primera instancia no se entró por considerarlo innecesario”.
Algunas de las irregularidades que  Ecologistas en acción denunció y en las que no ha entrado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, se refieren a la “masiva” recalificación de suelos rústicos no urbanizables de protección natural y paisajística, a la ausencia de una carta arqueológica del expediente del POM o al incumplimiento del Documento de Evaluación Ambiental (DIA) emitido por la Consejería de Medio Ambiente.
La sentencia, emitida el pasado mes de diciembre, considera “sustanciales” las modificaciones existentes entre el documento que salió a información pública en 2005 y el aprobado definitivamente en 2007,  por lo que debía haberse abierto un nuevo trámite de información pública, que no se produjo y es la causa de la anulación del Plan de Ordenación Municipal, “retrotrayendo las actuaciones de tramitación  hasta el momento en que debió producirse la nueva información pública”.
Algunas de las modificaciones reconocidas como sustanciales en la sentencia aluden al incremento de viviendas (el 32%), de la superficie edificable (un 53%), de el suelo industrial  (en un 243%), de la previsión de habitantes (un 33%); de la previsión de consumo de agua (un 40%) o la previsión de saneamiento por caudal de vertidos (un 140%) y la de demanda de energía (un 536%).

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